Así como se ha hablado mucho sobre los desahucios de propietarios de viviendas por impago de hipotecas, lo cierto es que los alquileres también se han visto influidos por este fenómeno en los últimos años. El no pago de las cuotas es un escenario probable que no puedes descartar y para el que, muchas veces, una fianza o aval no basta. Por ello son cada vez más comunes los seguros de impago de alquiler.
Una buena forma de que, como propietario, puedas estar cubierto ante el incumplimiento de pago por parte del inquilino es contratar un seguro de impago de alquiler. La razón más obvia por la que cada vez es más popular la contratación es que quedarán cubiertas las mensualidades que el inquilino no pueda afrontar en lo que dura el proceso de desahucio.
Sin embargo, hay una serie de coberturas adicionales que harán mucho más fácil el proceso de alquiler y la relación con tus inquilinos si te preocupa dejar tu casa en manos de desconocidos.
El pago del seguro lo puede hacer el propietario, el inquilino o ambos, dependiendo del acuerdo al que lleguen ambas partes. Este acuerdo es privado y ningún propietario puede obligar al inquilino a pagar el seguro. También queda a discreción del propietario el pedir o no una fianza más allá de la contratación del seguro.
El costo de un seguro de impago de alquiler varía entre compañías y pólizas, pero lo más común es que el coste sea de entre el 3% y el 5% de la renta anual. Al elegir una correduría tiene mayores opciones al darle diversas opciones de compañías y asesoramiento al respecto en cuanto a coberturas.
Las coberturas de este tipo de seguros
Este tipo de seguro reemplaza la tradicional solicitud de una garantía dado que no solo cubre la falta de pago de mensualidades por parte del arrendatario.
Como propietario, no solo te interesa que el inquilino cumpla con las mensualidades, sino también el estado, mantenimiento y salvaguarda de tu inmueble. Las coberturas básicas del seguro por impago de alquiler incluyen los daños materiales por actos vandálicos sobre el inmueble o muebles, así como el subarrendamiento. Otro motivo de intranquilidad para el arrendador es el robo dentro de la vivienda por parte del inquilino. Esto también queda contemplado por este tipo de seguros.
El seguro también proveerá un servicio de abogados para notificar al inquilino sobre las cuotas impagadas antes de comenzar cualquier proceso judicial. Asimismo, otra de las ventajas es que queda cubierta la asesoría judicial en caso de que se llegue a un pleito con el inquilino. De esta manera, podrás tener mayor claridad sobre tus responsabilidades y saber cómo enfrentar cualquier tipo de escenario.
¿Cómo funcionan los seguros de impago de alquiler?
Al contratar un seguro de impago de alquiler estás contratando una serie de servicios que modifican el proceso de arrendamiento tal como lo conocemos hasta ahora.
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Viabilidad
Una de las novedades de este servicio es que la compañía de seguro realiza un estudio sobre la solvencia y viabilidad del candidato a inquilino. De esta manera, antes de comprometerte con una persona que simplemente presenta un aval o fianza, podrás tomar una decisión informada sobre a quién alquilas tu propiedad.
Este estudio tendrá en cuanto datos personales y laborales. En el caso de trabajadores por cuenta ajena, el seguro tendrá en cuenta la nómina, el sector en el que trabaja el futuro inquilino, antigüedad en la empresa y su cargo, entre otros factores como el historial crediticio.
Los autónomos deberán presentar las dos últimas declaraciones trimestrales del IVA y la declaración del IRPF. Los pensionados por su parte estarán sujetos al análisis de los ingresos mensuales a través de los recibos bancarios.
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Reclamación de pago y proceso de desahucio
La celeridad en la notificación del impago a la aseguradora es importante por dos razones. Primero, para que analicen la situación y puedan notificar al inquilino del impago.
Cuando comienza la mora del alquiler, entonces tendrás que ponerte en contacto con la compañía de seguros. Por lo general, se entiende que el asegurado puede reclamar el impago al haber pasado cuatro meses sin percibir las rentas de alquiler.
La primera comunicación con los inquilinos a través de abogados se entiende como un acercamiento privado, extraoficial y amistoso. Una vez agotada esta vía, se podrá empezar con el proceso de demanda judicial de desahucio.
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Percepción de las mensualidades impagadas
El segundo motivo por el que debes denunciar al seguro del impago del alquiler de forma inmediata es para que puedas empezar a percibir las cuotas. Si la notificación excede los 45 días desde el cese del pago, entonces el asegurado no tendrá derecho a percibir las cuotas de la renta por parte del seguro.
Si bien variará dependiendo de la póliza, los seguros por impago cubren hasta 12 meses desde la notificación al seguro de la falta de pago. Se estima que el proceso de un desahucio tiene una duración de un año, además de los costes adicionales del proceso judicial.